La Corporación municipal ha aprobado por mayoría en el pleno ordinario celebrado esta mañana, la congelación generalizada de las tasas y los principales impuestos municipales para 2022, como el IBI, ICIO, Plusvalías, IAE e Impuesto sobre Vehículos.
La modificación de las ordenanzas ha salido adelante con los votos mayoritarios de PP y Cs, mientras que el PSOE se ha abstenido. El debate se ha intensificado a la hora de aprobar la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por ocupación de las terrazas y mantener la reducción del 99%, prácticamente su exención para no estrangular más a la hostelería. Una decisión en la que el equipo de Gobierno se ha quedado solo, ya que todos los grupos de la oposición han mostrado su rechazo a esta medida, ya que este sector va recuperando su actividad y también habría que tener en cuenta a otros negocios.
Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora del uso y circulación de vehículos de movilidad personal
En cambio, la creación de la ordenanza que regula el uso y la circulación de vehículos de movilidad personal sí ha contado con la aprobación unánime de todos los grupos municipales. Normativa que es fruto del consenso con representantes de los municipios del alfoz con los que Salamanca está conectada a través del carril bici, con el objetivo de armonizar la regulación y aportar la máxima seguridad vial y jurídica a sus usuarios, así como garantizar la compatibilidad de su uso con el tránsito de los peatones. También se trata de un texto sencillo y lo suficientemente flexible para acoger cualquier disposición establecida en normativa de rango superior, como puede ser la próxima Ley de Tráfico. Además, en su elaboración se han tenido en cuenta las recomendaciones y acuerdos de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la normativa vigente en materia de Tráfico, Circulación de vehículos de motor y Seguridad Vial, sin entrar a regular aspectos que no han sido contemplados por la DGT.
En este sentido, en la ordenanza municipal quedará establecido que cuando existan vías ciclistas y sendas ciclables, «los conductores de estos vehículos estarán obligados a circular por ellas y no podrán hacerlo por la calzada del tráfico rodado».
Si se trata de carriles bici, la velocidad máxima permitida a la que podrán circular será de 20 km/h. Mientras que esta velocidad se reducirá a la mitad, es decir, a 10 km/h, en el caso de que se trate de aceras-bici, pistas bici, y sendas ciclables.
Cuando no existan este tipo de vías, los conductores deberán circular por la vía urbana reservada al tráfico rodado a una velocidad máxima de 25 Km/h y no podrán hacerlo en ningún caso por travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías y túneles urbanos.
Tampoco podrán circular por las aceras, zonas peatonales y calles peatonales. En este caso, los conductores deberán bajarse del vehículo y transitar por ellas como peatones.
A la hora de estacionar, los conductores de estos vehículos podrán utilizar los espacios destinados al aparcamiento de bicicletas, quedando prohibido amarrarlos al arbolado, farolas, semáforos, señales verticales y otros elementos del mobiliario urbano, así como en las fachadas de los edificios.