Aprobada una nueva línea de ayudas de 150.000 euros para autónomos y micropymes que han visto reducidos sus ingresos por la crisis del Covid

La Corporación municipal de Carbajosa ha dado el visto bueno a la concesión de nuevas ayudas para autónomos y micropymes con el fin de colaborar para que puedan solventar la crisis económica provocada por el Covid.

Una segunda aportación municipal para la que se ha habilitado una partida de 150.000 euros, que se ha aprobado esta mañana en el pleno por unanimidad de todos los grupos municipales.

El concejal de Economía y presidente accidental de la sesión, José Álvarez, ha recordado que en esta ocasión las ayudas van dirigidas a los autónomos y microempresas afectadas «por la minoración ostensible de la actividad que ha causado la prórroga del Estado de Alarma y así reducir el impacto de los daños sufridos» y ha destacado la importancia de «ayudar al pequeño comercio local y de proximidad». En este sentido, al final de la sesión, Álvarez ha hecho un llamamiento a los establecimientos y la hostelería locales «para que se adhieran y participen en la campaña de fomento del comercio local puesta en marcha por el Ayuntamiento».

El importe máximo que podrán recibir los beneficiarios será de 1.500 euros en función de la reducción de su actividad económica según los tramos establecidos. Así, aquellos que acrediten una reducción de ingresos de un 40 a un 50%, la subvención será 750 euros; si la reducción de ingresos es de un 51 a un 60%, la ayuda será de 1.200 euros; y si la reducción de ingresos acreditada es de más del 61%, la subvención que concederá el Ayuntamiento será de 1.500 euros.

Requisitos para optar a la subvención

Entre los requisitos que deberán cumplir los posibles beneficiarios de estas ayudas están: que sean personas trabajadoras por cuenta propia y micropymes (empresa que emplea hasta 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros según la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003), o aquellas que ocupando más de 10 personas estén dadas de alta en varios epígrafes de actividades económicas, siempre y cuando reúna los requisitos exigidos en las bases aprobadas en el pleno municipal.

Asimismo, deberán acreditar haberse visto afectados como consecuencia de la prórroga de la declaración del Estado de Alarma con una minoración ostensible de su actividad que haya supuesto una caída de sus ingresos de entre un 40% y un 100%. Para ello, se comparará la media de ingresos efectuada entre el periodo correspondiente al último trimestre del año 2019 y el primero del año 2020, con respecto al último trimestre del año 2020 y el primero del año 2021.

Otros de estos requisitos será tener el centro de trabajo en el municipio de Carbajosa de la Sagrada; que la actividad cuente con el título habilitante necesario para su apertura y funcionamiento conforme a la legislación ambiental (autorización, licencia o comunicación ambiental); estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada.

Además, en el caso de los autónomos, estar afiliado y con el alta en vigor a fecha de 1 de octubre de 2019. El resto de los beneficiarios deberán estar legalmente constituidos e inscritos en los registros oficiales correspondientes, así como dados de alta en el Régimen de Seguridad Social o Mutualidad que corresponda, a fecha de 1 de octubre de 2019.

Por su parte, quedan excluidos de esta línea de ayudas los autónomos o empresas que llevan a cabo su actividad en un equipamiento público en régimen de cesión o concesión, y aquellos autónomos socios de entidades o sociedades que han solicitado la ayuda como entidad con personalidad jurídica propia.

Las solicitudes de estas ayudas, que deberán ir acompañadas de la documentación e información requeridas en las bases, se deberán presentar por vía telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. El plazo de presentación se encontrará abierto desde la fecha de publicación del anuncio de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincial de Salamanca, por un plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a su publicación.

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