El uso y la circulación de los patinetes eléctricos quedarán regulados en una ordenanza a partir de septiembre

María M. Serna

La futura normativa será de aplicación en Salamanca y los municipios del alfoz conectados con la capital a través de carril bici, con los que se ha consensuado su contenido para garantizar la máxima seguridad vial y jurídica a sus usuarios y la compatibilidad de su uso con el tránsito de los peatones.

La ordenanza para la regulación del uso y circulación de movilidad personal comenzará a tramitarse esta semana en el Ayuntamiento de Salamanca para que esté lista para su aplicación a partir del mes de septiembre.

Un acuerdo al que han llegado los concejales de Salamanca de Coordinación Territorial, Javier Iglesias, y de Protección Ciudadana, Tráfico y Transportes, Fernando Carabias, tras la reunión mantenida con representantes de los municipios del alfoz con los que Salamanca está conectada a través del carril bici. Un trabajo en el que llevan colaborando desde el pasado mes de enero.

El concejal de Protección Ciudadana, Tráfico y Transportes, Fernando Carabias, por su parte, ha informado sobre las condiciones que se han establecido para los vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos. En la elaboración del documento se han tenido en cuenta las recomendaciones y acuerdos de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y toda la normativa vigente en materia de Tráfico, Circulación de vehículos de motor y Seguridad Vial, sin entrar a regular aspectos que no han sido contemplados por la DGT.  

Los ediles de Coordinación Territorial y de Protección Ciudadana, Tráfico y Transportes de Salamanca, Javier Iglesias y Fernando Carabias.

Prohibido circular por las aceras y por la calzada cuando haya carril bici

En la ordenanza que se aprobará para Salamanca quedará establecido que cuando existan vías ciclistas y sendas ciclables, los conductores de estos vehículos estarán obligados a circular por ellas y no podrán hacerlo por la calzada del tráfico rodado.

Si se trata de carriles bici, la velocidad máxima permitida a la que podrán circular será de 20 Km/h. Mientras que esta velocidad se reducirá a la mitad, es decir, a 10 Km/h, en el caso de que se trate de aceras-bici, pistas bici, y sendas ciclables.

 Cuando no existan estas vías ciclables, los conductores deberán circular por la vía urbana reservada al tráfico rodado a una velocidad máxima de 25 Km/h y no podrán hacerlo en ningún caso por travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías y túneles urbanos.

Tampoco podrán circular por las aceras, las zonas peatonales y las calles peatonales. En este caso los conductores deberán bajarse del vehículo y transitar por ellas como peatones.

Estacionamiento

A la hora de estacionar, los conductores de estos vehículos podrán utilizar los espacios destinados al aparcamiento de bicicletas, quedando prohibido amarrarlos al arbolado, farolas, semáforos, señales verticales y otros elementos del mobiliario urbano, así como en las fachadas de los edificios.

El concejal de Protección Ciudadana, Tráfico y Transportes ha asegurado que una vez que la ordenanza esté aprobada, el Ayuntamiento de Salamanca, en su compromiso con la seguridad vial, pondrá en marcha una campaña informativa y de concienciación para que todos los usuarios de este tipo de vehículos conozcan las obligaciones a cumplir.

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