El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy el acuerdo por el que, a partir de las 00:00 horas del lunes 8, se establece el fin del régimen extraordinario limitativo vigente hasta ahora ante el cambio de tendencia en la transmisión del coronavirus en Castilla y León.
El acuerdo que se publica hoy en Bocyl deja sin efecto las medidas preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19 en la Comunidad establecidas por el Gobierno regional en el acuerdo del pasado 22 de febrero.
Con la entrada en vigor de la nueva norma autorizada, a partir del próximo lunes 8, Castilla y León mantendrá las medidas preventivas ordinarias contempladas para el nivel 4 de alerta sanitaria pandémica y permitirá la reapertura de los centros comerciales, gimnasios y locales de hostelería y restauración siempre con limitación de aforos.
En hostelería y restauración, el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. Se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a seis personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de dos metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.
En ocio y cultura, los museos y las salas de exposiciones deberán respetar la limitación de un tercio de su aforo; por su parte en cines y teatros, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
Centros comerciales y comercios minoristas: un tercio del aforo tanto en locales de interior como en zonas comunes.
Deportes: al aire libre, sin restricciones pero respetando las medidas preventivas individuales generales; en instalaciones cerradas (gimnasios y centros deportivos), con un tercio del aforo, uso obligatorio de la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico (máximo seis personas simultáneamente), exceptuando deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento; y en cuanto a la asistencia a eventos deportivos, el aforo máximo será de un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
Ámbito social: el aforo queda limitado a 1/3 de la capacidad en lugares de culto; y un máximo de diez personas en velatorios en lugares cerrados y a quince, si es al aire libre.
Además de estas condiciones, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitación a cuatro personas no convivientes de la permanencia en espacios de uso público, ya sean éstos públicos o privados.
También se mantiene el actual toque de queda, entre las diez de la noche y las seis de la mañana y la Comunidad autónoma de Castilla y León se encuentra en situación de cierre perimetral en su conjunto, para la entrada y salida de personas de su territorio con las causas de excepción justificada establecidas.